Reforma Laboral 2026: Reducción de la Jornada de Trabajo a 40 Horas Semanales
El 01 de mayo de 2026 entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que establece la reducción gradual de la jornada laboral máxima en México, pasando de 48 a 40 horas semanales para 2030. Esta reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de mayo de 2026, complementa la reforma constitucional publicada el 03 de marzo de 2026, y representa un cambio estructural en las relaciones laborales del país.
¿Qué cambió con la Reforma a la LFT en materia de jornada laboral?
Los principales cambios que introduce esta reforma a la LFT son los siguientes:
- Reducción de la jornada ordinaria máxima semanal: pasó de 48 a 40 horas semanales (de forma gradual hasta 2030).
- Nuevas reglas para el primer bloque de horas extras: el trabajo extraordinario no excederá de 12 horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta 4 horas diarias, en un máximo de 4 días en ese periodo, y se pagará por este tiempo un 100% más de lo fijado para las horas ordinarias (es decir, al doble del salario). El incremento al número máximo de horas extraordinarias a la semana se hará de forma gradual hasta 2030, como se ejemplifica más adelante. En el régimen anterior de tiempo extraordinario, el límite de este primer bloque era de 9 horas a la semana, las cuales no podían exceder de 3 horas diarias ni repetirse más de 3 veces consecutivas.
- Nuevas reglas para el segundo bloque de horas extras: la prolongación del tiempo extraordinario que supere lo establecido en el punto anterior, no podrá ser mayor de 4 horas a la semana y obliga a la persona empleadora a pagar un 200% más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria (es decir, al triple del salario).
- Límite diario de jornada total: la suma de jornada ordinaria y extraordinaria no puede superar las 12 horas por día (por ejemplo, 8 horas ordinarias + 4 horas extra = 12 horas como máximo diario).
- Registro electrónico obligatorio de la jornada: los empleadores deberán registrar electrónicamente el horario de inicio y finalización de la jornada de cada trabajador (por ejemplo, mediante reloj checador) y proporcionarlo a la autoridad laboral cuando sea requerido. El incumplimiento se sancionará con una multa de entre 250 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Respecto a este punto, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social expedirá las disposiciones de carácter general que determinarán el ámbito de aplicación y excepción a esta nueva obligación patronal, mismas que entrarán en vigor a partir del 01 de enero de 2027.
¿Qué NO modificó la Reforma Laboral 2026?
A pesar de que el texto de la LFT presentó ciertas modificaciones en los siguientes aspectos, en esencia se mantienen en el mismo sentido anterior a la reforma:
- La jornada de trabajo puede seguir distribuyéndose de común acuerdo entre empleadores y trabajadores, siempre y cuando se respeten los límites máximos diarios y semanales.
- El límite de la jornada ordinaria diaria sigue siendo 8 horas para la diurna, 7 horas para la nocturna y 7.5 horas para la mixta.
- Por cada 6 días laborados, el empleador sigue obligado a otorgar al menos 1 día de descanso con goce de salario íntegro.
- Continúa vigente la prima dominical consistente en el 25% del salario correspondiente al domingo, siempre y cuando los trabajadores lo laboren en forma ordinaria.
Reducción Gradual de la Jornada Laboral: Calendario de Implementación
Los artículos transitorios de la reforma establecen que la reducción de la jornada ordinaria y el ajuste de horas extraordinarias serán graduales. A continuación se presentan los calendarios de implementación:
Ver análisis previo: Rumbo a la jornada de 40 horas
Jornada Laboral Ordinaria
Límite de Horas Extraordinarias
El período comprendido entre el 01 de mayo y el 31 de diciembre de 2026 representa una oportunidad para que los empleadores reconfiguren sus esquemas de trabajo, analicen sus procesos internos y realicen los ajustes necesarios que les permitan dar cumplimiento a las nuevas disposiciones de la ley. Es importante destacar que la reducción de la jornada laboral no podrá implicar la disminución de salarios ni prestaciones de los trabajadores. Como señalamos en nuestro análisis previo sobre los próximos pasos tras la reforma constitucional, el impacto final de la reforma dependerá de cómo se articule con la legislación ordinaria y los criterios interpretativos que emita la autoridad laboral.
¿Cómo deben prepararse los empleadores ante la Reforma Laboral de 40 Horas?
Desde febrero de 2026, cuando el Senado aprobó la reforma constitucional, anticipamos que la preparación temprana sería clave para los empleadores. Hoy, con la reforma a la Constitución y a la LFT ya en vigor, esa recomendación es más urgente que nunca. Una atención técnica y preventiva permitirá adecuar procesos y políticas laborales con oportunidad y seguridad jurídica. Las acciones clave incluyen:
- Evaluación de procesos internos de trabajo para identificar áreas de impacto.
- Identificación de ajustes necesarios y oportunidades para esquemas flexibles para optimizar el recurso humano existente y contener el impacto financiero.
- Revisión y adecuación de contratos, políticas, reglamentos y procesos internos conforme al nuevo marco legal.
- Comunicación efectiva interna con las personas trabajadoras respecto al contenido y alcance legal de la reforma laboral.
- Negociación colectiva con el sindicato a fin de ajustar los contratos colectivos en lo relativo a este tema.
- Implementar registro electrónico de la jornada una vez sean expedidas las disposiciones de carácter general por parte de la autoridad laboral.